Artículo 230. Tarifas.
Artículo 230 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-04.
Texto consolidado
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:
Tarifa 01. Clasificación de presas, embalses y balsas: 1.000 euros.
Tarifa 02. Aprobación de plan de emergencia: 500 euros.