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Ley Vigente

Artículo 225-1. Las relaciones de consumo no sedentarias en lugares fijos.

Artículo 225-1 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. · BOE-A-2010-13115

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

Texto consolidado

A los efectos de la presente ley, se entiende por relaciones de consumo en establecimientos no sedentarios las que los empresarios llevan a cabo fuera de un establecimiento permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros y lugares debidamente autorizados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

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