Artículo 22. Duración del mandato.
Artículo 22 del Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. · BOE-A-2014-10874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-26.
Texto consolidado
La duración del mandato de la Presidencia del Consejo General y de la Junta de Gobierno será de cuatro años, computados a partir de la fecha de su toma de posesión, pudiendo sus miembros ser reelegidos por dos veces y por el mismo período de tiempo.