Artículo 22. Carácter de los cargos.
Artículo 22 del Real Decreto 776/2020, de 25 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Armas Navales. · BOE-A-2020-10194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-05.
Texto consolidado
Todos los cargos de la Junta de Gobierno son puramente honoríficos, no pudiéndose percibir por su ejercicio remuneración alguna. No obstante, la Junta de General podrá acordar, si las circunstancias así lo aconsejan, la concesión de la retribución que considere oportuna a aquellos de sus miembros que, por la misión que se les asigne, tengan necesidad de prestar una dedicación continuada a la gestión de los asuntos colegiales.