Artículo 22. Financiación de los convenios.
Artículo 22 del Real Decreto 735/1995, de 5 de mayo, por el que se regulan las agencias de colocación sin fines lucrativos y los servicios integrados para el empleo. · BOE-A-1995-10881
Atención: Real Decreto 735/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La financiación, que corresponda al Instituto Nacional de Empleo, de las acciones objeto del convenio, se realizará a través de las subvenciones previstas en los distintos programas de empleo y formación, regulados por su correspondiente normativa.