Artículo 22. Composición y funciones de las Comisiones.
Artículo 22 del Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería. · BOE-A-2013-7537
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
El Pleno de la Academia, a propuesta de la Junta de Gobierno, establecerá la composición y funciones de las Comisiones permanentes y aprobará la creación, duración, composición y funciones de las Comisiones que no lo sean.