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Real Decreto Vigente

Artículo 22. Composición.

Artículo 22 del Real Decreto 2518/1978, de 26 de julio, por el que se aprueban los Estatutos provisionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales. · BOE-A-1978-26975

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-11-19.

Texto consolidado

El Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales estará regido por una Junta de Gobierno y los delegados si en su día estos fueran creados, la Junta de Gobierno estará compuesta por los siguientes miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario o Vicesecretario, Contador, Tesorero y un número par de vocales.

Asimismo serán vocales natos los Delegados, en el caso de su designación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-11-19.

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