Artículo 22. Composición.
Artículo 22 del Real Decreto 1035/2001, de 21 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España. · BOE-A-2001-18493
Atención: Real Decreto 1035/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Junta Directiva estará constituida por los siguientes miembros:
a) Decano-Presidente.
b) Vicedecano.
c) Secretario.
d) Tesorero.
e) Seis vocales, denominados 1.o, 2.o, 3.o, 4.o, 5.o y 6.o
2. Todos estos cargos serán de elección directa y tendrán una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegidos para ocuparlos los mismos colegiados una o varias veces. Sus obligaciones y atribuciones, así como las fórmulas de renovación, serán las que estipule el Reglamento.