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Ley Vigente

Artículo 22. Régimen jurídico.

Artículo 22 de la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña. · BOE-A-2007-15545

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-23.

Texto consolidado

1. El Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña se rige por la presente ley, por las disposiciones que la desarrollen, por la legislación del Estatuto de la empresa pública catalana y por las demás normas que le sean aplicables.

2. La actuación del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña queda sometida con carácter general al derecho privado, salvo en las materias referentes a las relaciones entre el departamento de adscripción y el Centro, a la formación de la voluntad de los órganos del Centro y al ejercicio de las potestades administrativas que tenga atribuidas, que quedan sujetas al derecho administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-08-23.

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