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Ley Vigente

Artículo 22. Gabinete de Iniciativas Ciudadanas para la Optimización del Servicio Policial.

Artículo 22 de la Ley 8/2007, de 13 de junio, de Policía de Galicia. · BOE-A-2007-13827

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.

Texto consolidado

1. En la consejería competente en materia de seguridad existirá un Gabinete de Iniciativas Ciudadanas para la Optimización del Servicio Policial, que se encargará de estudiar las iniciativas dirigidas a la mejora del funcionamiento de los servicios policiales que se presenten por cualquier administrado con sujeción a los requisitos y límites establecidos por el ordenamiento jurídico.

Además, dicho gabinete propondrá la adopción de aquellas medidas que estime convenientes para el perfeccionamiento del servicio.

2. Las iniciativas podrán ser presentadas en cualquier dependencia policial, estando obligado el funcionario responsable de la misma a su inmediata tramitación.

3. Quedan excluidas del ámbito de este gabinete las peticiones derivadas de acciones administrativas, penales o de otro orden sujetas a regulación específica.

4. De todas las iniciativas se dará cuenta a la Comisión Gallega de Seguridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-12.

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