Artículo 22. Régimen de recursos.
Artículo 22 de la Ley 8/2002, de 30 de octubre, por la que se crea el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA). · BORM-s-2002-90013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-01.
Texto consolidado
1. Los actos administrativos dictados por los órganos de gobierno del Instituto ponen fin a la vía administrativa y frente a ellos podrán interponerse los recursos que prevé la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Contra los actos administrativos dictados por el Gerente, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director del Instituto.