Artículo 22. Reconocimiento institucional de las víctimas.
Artículo 22 de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2008-13419
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón garantizará la presencia protocolaria de las víctimas del terrorismo y de sus asociaciones y fundaciones en los actos institucionales de la Comunidad Autónoma que les afecten.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-7734.