Artículo 22. Anulación o suspensión de la licencia de pesca continental.
Artículo 22 de la Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia. · BOE-A-2021-4520
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-04.
Texto consolidado
La licencia de pesca continental podrá ser anulada o suspendida por tiempo determinado como consecuencia de una resolución administrativa firme conforme a lo dispuesto en esta ley y restante normativa de aplicación.