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Ley Vigente

Artículo 22.

Artículo 22 de la Ley 2/1991, de 14 de marzo, de Coordinación de Diputaciones. · BOE-A-1991-10110

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

Texto consolidado

La organización, régimen y funcionamiento del Consejo será establecido por Decreto del Consejo de Gobierno previo informe del Consejo de Provincias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

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