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Ley Vigente

Artículo 22. Compensación de deudas.

Artículo 22 de la Ley 10/2013, de 21 de octubre, de apoyo a emprendedores, autónomos y Pymes. · BOE-A-2013-11691

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-26.

Texto consolidado

En el marco de los procedimientos específicos para la compensación de deudas de naturaleza pública, las empresas constituidas por emprendedores o trabajadores autónomos podrán solicitar la compensación de las deudas que mantengan con la Administración regional con los créditos reconocidos por esta a su favor por actos administrativos, ya tengan origen tributario o no tributario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-26.

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