Artículo 22. Denominación.
Artículo 22 de la Ley 1/2019, de 19 de febrero, de la Música de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7278
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-23.
Texto consolidado
Estos centros recibirán la denominación genérica de escuelas de música. A esta denominación genérica se podrá añadir por el titular una denominación específica que deberá constar en cualquier procedimiento en el que se encontrara inmersa.