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Ley Vigente

Artículo 22. Control de la identificación, seguridad y calidad artesana.

Artículo 22 de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-3560

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-04-18.

Texto consolidado

La dirección general competente en materia de artesanía ejercerá el control sobre la identificación, seguridad y calidad artesana por sus propios medios, mediante sus servicios de inspección o a través de los órganos de control artesano acreditados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-04-18.

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