El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Derogada

Artículo 22. Renovación de acuerdos de acción concertada y prórroga contratos en materia de servicios sociales.

Artículo 22 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2020-90072

Atención: Decreto-ley 1/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Mientras permanezcan las circunstancias excepcionales que motivan este Decreto-ley, los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales cuyo plazo de vigencia o sus prórrogas hayan finalizado quedarán renovados hasta que puede completarse la tramitación del nuevo procedimiento de gestión de la prestación o servicio concertado.

2. La renovación tendrá lugar tanto si la extinción del acuerdo de acción se ha producido antes de la vigencia de este Decreto-ley, una vez declarado el estado de alarma, o posteriormente, mientras dure el estado de alarma, y no será necesario que la misma esté prevista en el acuerdo de acción de concertada.

3. En los mismos términos se aplicará la prórroga especial del apartado 4 del artículo 29 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el apartado 1 del artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, a los contratos vencidos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales cuando no se hubiera formalizado el correspondiente acuerdo de acción concertada que lo sustituya.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-25.

Más artículos de Decreto-ley 1/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 1/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.