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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 22. Denuncia.

Artículo 22 del Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y el Consejo Oleícola Internacional, hecho en Madrid el 20 de noviembre de 2007. · BOE-A-2008-9774

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-26.

Texto consolidado

El presente Acuerdo podrá ser denunciado por una de las Partes, y dejará con tal motivo de estar en vigor a los seis meses a partir de la fecha de la denuncia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-26.

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