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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 22.2-4. Cuota.

Artículo 22.2-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-18.

Texto consolidado

El importe de la cuota es:

a) Curso de cabo de policía: 1.543,35 euros.

b) Curso de sargento de policía: 1.764,20 euros.

c) Curso de subinspector o subinspectora de policía: 2.201,55 euros.

d) Curso de inspector o inspectora de policía: 4.955,60 euros.

e) Curso de intendente, intendente mayor y superintendente de policía: 11.042,00 euros.

f) Curso de agente interino o agente interina de policía: 707,85 euros.

g) Curso de cabo bombero o cabo bombera o categoría funcional equivalente: 2.220,30 euros.

h) Curso de sargento bombero o sargento bombera o categoría funcional equivalente: 4.710,40 euros.

i) Curso de oficial bombero u oficial bombera o categoría funcional equivalente: 4.478,00 euros.

j) Curso de subinspector bombero o subinspectora bombera o categoría funcional equivalente: 7.513,35 euros.

k) Curso de sargento bombero o sargento bombera o categoría funcional equivalente: 7.555,00 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-10344.

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