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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 217-1. Cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Artículo 217-1 de la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad. · DOGC-f-2017-90436

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-29.

Texto consolidado

Son cuerpos tributarios de adscripción exclusiva en la Agencia Tributaria de Cataluña:

a) El cuerpo superior de inspectores tributarios de la Generalitat de Catalunya.

b) El cuerpo superior de técnicos tributarios de la Generalitat de Catalunya.

c) El cuerpo técnico de gestores tributarios de la Generalitat de Catalunya.

d) El cuerpo de agentes tributarios de la Generalitat de Catalunya.

e) El cuerpo superior de informática tributaria de la Generalitat de Catalunya.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-08-29.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-22438.

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