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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 211. Clasificación de las infracciones urbanísticas.

Artículo 211 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo. · BOE-A-2010-13883

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-06.

Texto consolidado

1. Son infracciones urbanísticas todas las acciones o las omisiones tipificadas como tales por esta Ley.

2. Las infracciones urbanísticas se clasifican en muy graves, graves y leves, de acuerdo con esta Ley y con las especificaciones reglamentarias pertinentes para identificarlas correctamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-06.

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