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Real Decreto Derogada

Artículo 21. Selección de la muestra de control.

Artículo 21 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2018-15056

Atención: Real Decreto 1363/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La muestra del plan de control reflejado en el artículo 20 será seleccionada cada año por la autoridad competente sobre la base de un análisis de riesgos y de la representatividad de las solicitudes de ayuda presentadas.

La eficacia del análisis de riesgos se evaluará y actualizará anualmente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150, de la Comisión, de 15 de abril de 2016.

2. La representatividad de las solicitudes antes referidas se garantizará seleccionando de forma aleatoria entre un 20 por ciento y un 25 por ciento del número mínimo de solicitudes que deban ser sometidos a controles sobre el terreno.

3. La autoridad competente llevará registros de los motivos que hayan conducido a la selección de un beneficiario determinado para los controles sobre el terreno. El inspector que realice el control sobre el terreno será informado de esos motivos antes de iniciar el control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-04.

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