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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 21. Régimen de funcionamiento.

Artículo 21 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía. · BOE-A-1999-18000

Atención: Real Decreto 1339/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El reglamento de régimen interior de la Comisión Nacional de Energía regulará el funcionamiento del Consejo de Administración y, en particular, establecerá el régimen de convocatoria, sesiones y adopción de acuerdos.

Para la válida constitución del Consejo, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y tomas de acuerdo, se requerirá la presencia, al menos, del Presidente y del Secretario o, en su caso de quienes le sustituyan, y de cuatro de sus otros miembros. A estos efectos, los miembros del Consejo han de asistir personalmente a las reuniones de éste.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-811.

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