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Orden Vigente

Artículo 21. Ejercicios de tiro.

Artículo 21 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada. · BOE-A-2011-3172

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-18.

Texto consolidado

Los vigilantes de seguridad que presten o puedan prestar servicios con armas, efectuarán un mínimo de veinticinco disparos en cada ejercicio obligatorio de tiro semestral, con el tipo de arma con la que habitualmente deban desempeñar sus funciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-18.

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