Artículo 21. Renovación de cargos.
Artículo 21 de la Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos · BOE-A-1970-263
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-03-27.
Texto consolidado
La duración de los cargos en la Junta Directiva será de cuatro años renovándose por mitad cada dos, procurando que los cargos de Decano-Presidente y de Secretario correspondan a cada una de las dos mitades a renovar.