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Ley Foral Vigente

Artículo 21. Creación del Registro de unidades de vinculación.

Artículo 21 de la Ley Foral 3/2015, de 2 de febrero, reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia. · BOE-A-2015-2339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-18.

Texto consolidado

El departamento competente en materia de servicios sociales creará el Registro de Unidades de vinculación de usuarios y de perros de asistencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-18.

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