Artículo 21. Prescripción.
Artículo 21 de la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la Isla de Formentera. · BOE-A-2019-3915
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-17.
Texto consolidado
Las infracciones y las sanciones previstas en esta ley prescribirán en los plazos y en las condiciones que se establecen en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Más artículos de Ley 7/2019
- ← Artículo 20. Pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad.
- → Disposición adicional primera. Información a las empresas navieras, mediadoras o expendedoras sobre el contenido de e…
- Ver la norma completa: Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la Isla de Formentera.