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Ley Derogada

Artículo 21. Organización básica de los servicios comunes ministeriales.

Artículo 21 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. · BOE-A-1997-7878

Atención: Ley 6/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los servicios comunes estarán integrados en una Subsecretaría dependiente directamente del Ministro, a la que estará adscrita una Secretaría General Técnica y los demás órganos directivos que determine el Real Decreto de estructura del Departamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-05-05.

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