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Ley Vigente

Artículo 21. Propuesta de declaración de Parques Nacionales.

Artículo 21 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria. · BOE-A-2006-14083

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

Texto consolidado

1. La Comunidad Autónoma de Cantabria podrá proponer al Estado la declaración como Parque Nacional de aquellos espacios naturales que reúnan las condiciones descritas en la legislación básica estatal para los territorios cuya conservación se considere de interés general para la nación.

2. La declaración de un nuevo Parque Nacional que incorpore espacios pertenecientes al territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria requerirá el previo acuerdo favorable del Parlamento de Cantabria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

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