Artículo 21. Órganos, servicios y unidades.
Artículo 21 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública contará con los órganos, servicios y unidades que se determinen en sus Estatutos, en cada una de las áreas funcionales de gestión, seguridad alimentaria, sanidad ambiental, vigilancia en salud pública, salud laboral, promoción y educación para la salud y en cualquier otra que reglamentariamente se determine.