Artículo 21. Apoyo al movimiento asociativo.
Artículo 21 de la Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia en La Rioja. · BOE-A-2011-4951
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-27.
Texto consolidado
El Gobierno de La Rioja apoyará las iniciativas de colectivos y asociaciones dedicadas a la erradicación de la violencia y que lleven a cabo programas que actúen sobre su prevención y sensibilización, así como las que constituyan grupos de autoayuda y fomenten la creación de redes de apoyo coordinadas por profesionales en la materia.