Artículo 21. Tipos de regímenes de internamiento.
Artículo 21 de la Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil. · BOE-A-2002-2513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-16.
Texto consolidado
1. Los menores y jóvenes han de cumplir la medida de internamiento en el régimen acordado por el juez o la juez de menores.
2. El régimen de internamiento puede ser abierto, semiabierto y cerrado.
3. Los centros pueden acoger a menores y jóvenes sometidos a un mismo régimen o a regímenes distintos.