Artículo 21. Concepto.
Artículo 21 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. · BOE-A-2015-5677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-24.
Texto consolidado
Tienen la condición de personal funcionario de carrera las personas que, en virtud de nombramiento legal, están vinculadas a la Administración pública por una relación estatutaria regulada por el derecho administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.