Artículo 20. Concepto y clases de empleados públicos.
Artículo 20 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. · BOE-A-2015-5677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-24.
Texto consolidado
1. Son empleados públicos las personas que desempeñan funciones retribuidas al servicio de los intereses generales en las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Personal funcionario de carrera.
b) Personal funcionario interino.
c) Personal laboral.
d) Personal eventual.