Artículo 21. Competencias en materia de vivienda.
Artículo 21 de la Ley 2/2015, de 23 de marzo, del Estatuto de capitalidad de la ciudad de Logroño. · BOE-A-2015-4029
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.
Texto consolidado
1. El Ayuntamiento de Logroño participará en la planificación, programación, gestión, inspección y control de la vivienda, así como en la planificación de la vivienda de protección oficial, en régimen de propiedad, alquiler o similar, en el término municipal, a través de los medios de colaboración que se consideren oportunos.
2. La programación pública de vivienda protegida de la Administración de La Rioja que se pretenda desarrollar en el término municipal de Logroño requerirá informe previo del Ayuntamiento de Logroño.
3. En la política de vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja se tendrá especial consideración al peso poblacional, a las especificidades derivadas de la diversidad social dentro de la ciudad de Logroño y a su centralidad territorial.