Artículo 207. Cuantía de las sanciones.
Artículo 207 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2001-18984
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-27.
Texto consolidado
Las infracciones serán sancionadas con las siguientes multas:
a) Infracciones leves: multa de 600 a 30.000 euros.
b) Infracciones graves: multa de 30.001 a 600.000 euros.
c) Infracciones muy graves: multa de 600.001 a 3.000.000 de euros.