Artículo 206. Sujeto pasivo.
Artículo 206 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales. · BOE-A-2020-443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.
Texto consolidado
1. Tienen la condición de sujetos pasivos de la tasa por la recepción obligatoria de los desechos generados por los buques, en concepto de contribuyente y, además, de forma solidaria:
a) En el caso de buques, el propietario, el naviero y el capitán o patrón.
b) En el caso de embarcaciones de recreo, el propietario de la embarcación y el capitán o patrón.
2. Tienen la condición de sujetos pasivos de la tasa, en concepto de sustituto del contribuyente:
a) En el caso de buques, el consignatario, cuando el buque se encuentra consignado.
b) En el caso de embarcaciones de recreo, el titular de la concesión o autorización o el contratista, si el acceso se efectúa a una infraestructura portuaria gestionada en régimen de autorización, concesión o contrato.