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Ley Vigente

Artículo 205. Principios generales.

Artículo 205 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

Texto consolidado

1. La prevención de las conductas de conflicto social de las personas menores de edad y la reinserción tienen una valoración primordial. Para ello, se tienen que establecer los programas, las actuaciones y las intervenciones necesarias para promover y desarrollar actividades tanto de prevención como de reinserción con personas menores en riesgo de conflicto social, que incidan sobre sus alternativas de ocio, formación, promoción ocupacional, convivencia familiar y todas las que contribuyan a su mejor socialización. En este sentido, debe procurarse la voluntad favorable de la persona menor de edad y la de sus padres y madres o quien les sustituya en el ejercicio de las funciones propias de la patria potestad o autoridad familiar.

2. A estos efectos, el Gobierno de las Illes Balears tiene que promover convenios de colaboración con otras administraciones públicas y entidades privadas interesadas en desarrollar acciones preventivas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

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