Artículo 20. Mesa de la Academia.
Artículo 20 del Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. · BOE-A-2004-9434
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-13.
Texto consolidado
1. La Mesa de la Academia, a la que corresponde la representación colegiada de la corporación, presidirá las sesiones, y estará formada por:
a) El Director.
b) El Vicedirector-Tesorero.
c) El Secretario General.
d) El Censor.
e) El Bibliotecario.
f) El Delegado del Museo, Calcografía y Exposiciones.
g) El Delegado del Taller de Vaciados y Reproducciones.
2. Todos los cargos mencionados serán elegidos por el pleno entre los Académicos de Número por un periodo de tres años, pudiendo ser reelegidos.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-16587.