Artículo 20. Funcionamiento.
Artículo 20 del Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. · BOE-A-2023-14685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-11.
Texto consolidado
El Comité Ejecutivo adaptará su funcionamiento interno al régimen establecido para la Comisión Permanente con las especificaciones siguientes: sus reuniones deberán celebrarse siempre que sea necesario o cuando lo convoque la persona titular de la Presidencia requiriendo para su válida constitución la presencia de al menos tres de sus cinco personas integrantes.