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Real Decreto Vigente

Artículo 20. Asignación de la referencia catastral a bienes inmuebles de características especiales discontinuos.

Artículo 20 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. · BOE-A-2006-7264

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-25.

Texto consolidado

A los bienes inmuebles de características especiales compuestos de varios recintos geográficos discontinuos se les asignará una referencia catastral única, sin perjuicio de la identificación de cada uno de dichos recintos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-25.

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