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Real Decreto Vigente

Artículo 20. La Junta de Gobierno.

Artículo 20 del Real Decreto 377/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Geógrafos. · BOE-A-2015-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-29.

Texto consolidado

1. La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo y representativo del Colegio que ejerce las competencias no reservadas a la Asamblea General ni asignadas específicamente a otros órganos colegiales, así como las que se le atribuyen expresamente en estos Estatutos Generales.

2. La Junta de Gobierno está constituida por:

a) Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero, que son los del Colegio.

b) Las vocalías que se determinen en el Reglamento de Régimen Interior, que no serán menos de siete.

3. Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero serán incompatibles con el de Presidente de Delegación Territorial.

4. En la composición de la Junta, se procurará una presencia equilibrada de hombres y mujeres.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-29.

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