Artículo 20. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 20 del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. · BOE-A-2012-1035
Atención: Real Decreto 202/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los agricultores con plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistachero y algarrobo, que cumplan las condiciones que se recogen en el siguiente artículo, podrán beneficiarse de una ayuda nacional por superficie para los años 2012, 2013 y 2014.
Téngase en cuenta que esta redacción se establece, con vigencia exclusiva para el 2014, por la disposición adicional única.b) del Real Decreto 1013/2013, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13430.
Se modifica, con vigencia exclusiva para el 2014, por la disposición adicional única.b) del Real Decreto 1013/2013, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13430.#aunico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-13430.