Artículo 20. Caducidad de la autorización.
Artículo 20 de la Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo. · BOE-A-1979-2188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-01-25.
Texto consolidado
El Ministerio del Interior, a propuesta de la Comisión Nacional del Juego, podrá declarar la caducidad de las autorizaciones a que se refiere la presente Sección, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en las letras a) y d) del apartado 1, del artículo 18 del presente Reglamento.