Artículo 20.
Artículo 20 de la Ley 7/1998, de 16 de septiembre, de Creación de la Academia Valenciana de la Lengua. · BOE-A-1998-24262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-22.
Texto consolidado
El Presidente será sustituido, en casos de ausencia, vacante o enfermedad, por el Vicepresidente.