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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 20. Órganos.

Artículo 20 de la Ley 7/1996, de 10 de julio, de desarrollo comarcal. · BOE-A-1996-19262

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-06.

Texto consolidado

La coordinación del Plan de desarrollo comarcal la llevarán a término el órgano competente en materia de desarrollo comarcal de la Xunta de Galicia, así como el Consejo Comarcal y la Comisión de Comarcalización regulados en la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-06.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-806.

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