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Ley Vigente

Artículo 20. Incorporación de innovaciones tecnológicas.

Artículo 20 de la Ley 5/2018, de 19 de abril, del Taxi. · BOE-A-2018-7155

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-08.

Texto consolidado

1. Los ayuntamientos promoverán la progresiva implantación de las innovaciones tecnológicas precisas para mejorar las condiciones de prestación y seguridad de los servicios de taxi y de las personas conductoras, la incorporación de sistemas automáticos de pago y facturación del servicio, sistemas de navegación, la progresiva reducción de las emisiones sonoras de los vehículos, la potenciación de vehículos de baja contaminación, la optimización del reciclaje de los materiales utilizados y cualquier otra innovación que se introduzca en el sector.

2. Las administraciones públicas instrumentalizarán ayudas y subvenciones para la implementación de nuevas tecnologías.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-06-08.

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