Artículo 20. Director-Conservador.
Artículo 20 de la Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai. · BOE-A-2012-3404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-30.
Texto consolidado
1. La responsabilidad de la administración de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, corresponderá a un Director-Conservador designado por el Patronato.
2. El Patronato fijará el régimen de dedicación e incompatibilidades del Director-Conservador de la Reserva, así como las funciones a desarrollar.