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Ley Derogada

Artículo 20. Apoyo a la desestacionalización.

Artículo 20 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears. · BOE-A-2010-10714

Atención: Ley 4/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando los órganos competentes en materia de turismo establezcan líneas de ayudas o subvenciones, tendrán prioridad las que tengan por objeto el apoyo a establecimientos turísticos que mantengan la apertura y el funcionamiento un mínimo de ocho meses anuales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-06-23.

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